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¿Por qué hacer testamento? Claves para proteger a tu cónyuge y evitar conflictos

Hacer testamento es un acto sencillo pero fundamental para garantizar la tranquilidad de nuestra familia. Con un testamento nos aseguramos de proteger adecuadamente al cónyuge superviviente y de evitar conflictos entre nuestros herederos. A pesar de ciertos temores o supersticiones en torno al tema, dejar nuestras últimas voluntades por escrito aporta claridad y previene problemas futuros, animándonos a seguir leyendo para conocer las claves de esta decisión tan importante.

El testamento elimina problemas y malentendidos familiares

Muchas personas evitan hablar del testamento porque creen que “da mala suerte” o piensan que sus hijos heredarán igual sin hacer nada. Sin embargo, la realidad es que no hacer testamento suele generar más problemas. Si fallecemos sin testamento, la ley decide por nosotros cómo se reparte el patrimonio, lo que puede provocar disputas y trámites costosos. En cambio, un testamento permite dejar todo bien atado, ahorrando a la familia tiempo, dinero y posibles enfrentamientos.
Por ejemplo, sin testamento habría que acudir a un procedimiento de declaración de herederos abintestato, que es más lento y caro que la simple firma de un testamento ante notario.

También es frecuente que los hijos terminen enfrentados por la herencia si no se dejó nada claro. Incluso las mejores familias pueden tener roces cuando llega el momento de repartir bienes. Con el testamento, uno puede establecer repartos equilibrados, asignar bienes concretos a cada heredero y, en definitiva, anticiparse a posibles conflictos entre hermanos.
Así evitamos, por ejemplo, discusiones sobre si vender o no una propiedad familiar, o sobre quién se queda con ciertos objetos de valor sentimental.
En resumen, el testamento actúa como un “plan de paz familiar” que previene riñas y facilita enormemente todo el proceso sucesorio.

Cláusulas para proteger al cónyuge viudo

Uno de los motivos principales para otorgar testamento es proteger al cónyuge en caso de fallecimiento. Si no existe testamento, el cónyuge viudo queda a merced de lo que la ley le reserve (normalmente la legítima, que es una porción mínima de la herencia). Esto puede no ser suficiente para mantener su nivel de vida, especialmente si hay varios hijos que pasan a ser copropietarios de los bienes.
En cambio, mediante un testamento podemos incluir cláusulas específicas para beneficiar al esposo o esposa sobreviviente.

Una cláusula muy habitual es otorgar al cónyuge el usufructo vitalicio de todos los bienes.
¿Qué significa esto? Que el viudo o viuda tendría derecho a usar y disfrutar de todo el patrimonio (vivienda, cuentas, rentas, etc.) durante el resto de su vida, aunque la propiedad final corresponda a los hijos u otros herederos.
De este modo, se garantiza la estabilidad económica del cónyuge: puede seguir viviendo en la casa familiar, percibir los alquileres o rendimientos de los bienes, etc., sin intromisiones ni presiones. Esta disposición es muy frecuente en los testamentos españoles, pero solo surte efecto si está plasmada en un testamento.
Si no hacemos testamento, no hay manera de conceder automáticamente ese usufructo universal al cónyuge, dejándolo potencialmente desprotegido.

En conclusión, si de verdad queremos cuidar de nuestra pareja, hacer testamento es imprescindible.
Como resumió una de las expertas de la mesa redonda:

“Si quieres proteger a tu cónyuge, tienes que hacer testamento”.

María Belén Andreu Martínez

Es la herramienta legal que nos permite expresar negro sobre blanco nuestra voluntad de protección hacia quien compartió la vida con nosotros.

Un trámite sencillo, rápido y económico

Otro motivo para no posponer más la decisión de testar es que es un trámite muy simple y asequible.
Mucha gente se sorprende al saber que un testamento notarial estándar tiene un coste aproximado de unos 50 a 60 euros (en la mesa redonda se mencionó el ejemplo concreto de 57 € como coste típico).
Por ese precio módico, la notaría se encarga de asesorarnos, redactar el documento con validez legal y guardarlo en custodia.
No hay excusas económicas para no hacerlo, ya que incluso sale más caro no tener testamento.
Si fallecemos sin testamento, los herederos tendrán que costear el acta de declaración de herederos y otros trámites legales que resultan bastante más onerosos que esos ~60 € que cuesta prevenir todo con tiempo.

Además, el testamento notarial es rápido de formalizar. Normalmente, en una sola visita al notario se puede dejar resuelta la cuestión.
No hace falta elaborar complejos documentos por cuenta propia ni reunir a toda la familia; basta con acudir con el DNI y las ideas claras.
De hecho, es desaconsejable recurrir a “soluciones caseras” como escribir nuestros deseos en un papel guardado en casa.
Un papel sin valor legal (o incluso un testamento ológrafo, escrito a mano sin notario) puede generar problemas y confusiones; y aunque pudiera valer, luego sería necesario protocolizarlo ante notario o juez, con el consiguiente gasto y demora.
Como dijeron en el evento:

“Déjense de los papelitos en casa… cuesta 57 €, por favor”.

María Belén Andreu Martínez

Es preferible hacer las cosas bien desde el principio, con la ayuda de un profesional.

Flexibilidad para adaptar la herencia a tu voluntad

Lejos de ser un documento rígido, el testamento ofrece mucha flexibilidad para reflejar nuestros deseos particulares.
Podemos designar heredero a quien queramos, asignar bienes concretos, establecer condiciones (dentro de lo legalmente permitido) e incluso contemplar escenarios especiales.


¿Tienes un hijo con necesidades especiales al que quieres proteger más? ¿Quieres agradecer con un legado a algún amigo o cuidador que te ayudó en vida?
Todo eso lo puedes plasmar en tu testamento.
Sin este, la ley reparte según esquemas predeterminados que quizás no se ajusten a lo que tú querías.

Ahora bien, también hay límites legales que conviene conocer:

  • En España existen las legítimas, por las cuales una parte de los bienes debe reservarse obligatoriamente para ciertos herederos (ej. hijos).
  • No podemos, por ejemplo, desheredar a un hijo salvo por causas muy graves establecidas en la ley.
  • Los ponentes explicaron que la desheredación es compleja y restringida:
  • si no concurre una causa legal, siempre habrá que dejar al menos la porción legítima a los descendientes, aunque no tengamos relación con ellos.
  • Por tanto, lo aconsejable en casos de conflictos familiares es buscar alternativas:
  • quizás legar la legítima estricta (lo mínimo exigido) al hijo con el que hay mala relación, y distribuir el resto entre quienes uno desee (otros hijos, nietos, cónyuge, etc.).
  • Cada situación es distinta, pero con buen asesoramiento notarial se puede hacer un “traje a medida” de la distribución para que sea lo más justa y acorde a nuestra voluntad, respetando la ley.

Conclusión: tranquilidad para ti y tu familia

En definitiva, hacer testamento es un acto de responsabilidad y amor hacia los nuestros.
Lejos de “acortar la vida” o traer mal fario –como dicen algunos mitos–, otorgar testamento nos da tranquilidad, sabiendo que, pase lo que pase, nuestra pareja estará protegida y nuestros hijos no se pelearán por nuestras decisiones, porque ya las habremos dejado claras.
Es un regalo para la familia: les ahorramos trámites, tensiones y les dejamos un camino allanado en un momento (el de la pérdida) que ya de por sí es bastante duro.

Y todo ello con un proceso muy fácil, rápido y económico, que cualquier persona mayor debería realizar cuanto antes.
Recuerda que nunca es “demasiado pronto” para planificar estas cosas:
la vida es incierta, y más vale dejar arreglados los asuntos cuando uno está bien, que lamentar no haberlo hecho a tiempo.
No lo dude: haga su testamento y anime a sus mayores a hacerlo. Es la mejor forma de proteger a quienes más quiere.

Para más información sobre este tema y otros relacionados, puede ver el vídeo completo de la mesa redonda, disponible al final de esta página.

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